>

Oficinas

>

Vehículos Motorizados

>

Embarcaciones

> Licencia de Conducir
>

Impuesto a las Propiedades de Bienes Raíces

>

Licencias Ocupacionales

> Licencias de Pesca y Caza
>

Desarrollo Turístico

> Reportes Financieros
> Renovación de Registraciones de Vehículos Motorizados y Embarcaciones por el Internet
> Pago de Impuestos a la Propiedad por el Internet
   
Su computadora no tiene instalado el program necesario para poder ver esta función

Hoy es 12/01/2008.            Buenas tardes!

 

Información Acerca de la Registración de Embarcaciones


 

Una calcomanía indicando el año durante el cual el certificado de registración es válido será expedido con cada certificado de registración. La calcomanía deberá ser mostrada en el lado izquierdo del puerto de la embarcación.  La calcomanía también puede ser colocada inmediatamente después o antes del número de la registración. Una calcomanía expedida a una embarcación federalmente documentada puede ser pegada a una ventana o parabrisas en el lado del puerto de la embarcación. Cualquier calcomanía de años anteriores debe ser removida de la embarcación.

 

Los cargos por la registración están basados en el largo de la embarcación. Un número de registración y una calcomanía de la Florida son expedidos basados en la fecha de nacimiento del solicitante. Las registraciones de todas las embarcaciones registradas al nombre de compañías se vencen el 30 de Junio. Las registraciones de las embarcaciones son renovadas durante el mes del cumpleaños cada año. Registraciones prorrateadas en base a la proporción de los meses restantes del año hasta la fecha en que se debe renovar la registración es solo aplicable a las registraciones originales, no a las renovaciones.

 

El certificado de registración debe estar abordo de la embarcación mientras que esta se encuentre en operación. La operación de una embarcación que no esta registrada es un delito de segundo grado.

 

El Condado de Hillsborough recauda un cargo adicional por patrullaje, regulación, y mantenimiento de los lagos, ríos, aguas, y por otras actividades relacionadas a los botes.

 

Un conductor de embarcación que no es residente y que tiene un certificado de registración válida de otro estado puede usar su embarcación por 90 días sin tener que registrarla en la Florida. Embarcaciones usadas por más de 90 días deben ser registradas con la oficina del recaudador de impuestos.

 

Renueve la registración de su vehículo motorizado, embarcación o remolque o permiso de estacionamiento para minusválidos por el Internet o por teléfono presione aquí para detalles.

 


Regresar a la Página Central de Embarcaciones

Actualizado en 11/10/2005